Reflexión Parte II: Abordaje o Colisión, cuál usar?
Por: Abogado Cap/Alt
Juan José Vásquez Marval
En el primer post, con el mismo
título que el actual, realicé una diferenciación entre abordaje y colisión, partiendo
del accidente marítimo ocurrido entre el USS Fitzgerald y el mercante filipino
ACX Crystal, el pasado 17 de junio de 2017 en el que fallecieron 7 marinos.
Hoy recibo, y agradezco, un
comentario realizado por el Cap/Alt Vásquez Marval, quien plasma los antecedentes y
tratamientos que han recibido los términos antes mencionados en el tiempo y que
me permito a continuación compartir.
Esta noticia fue publicada en el
idioma Inglés para el mundo Marítimo Internacional porque el evento acaeció
cerca de la costa de Japón, probablemente también la habrán publicado en el idioma
Japonés, y los demás países de los alrededores,
seguramente, la publicaron en sus
idiomas nativos. En el caso de los países de habla hispana, y específicamente
Venezuela, la noticia es traducida al castellano y el periodista no tiene por
qué saber el vocabulario marítimo, ni conocer las diferencias entre abordaje y
colisión, eso queda para los expertos.
A cualquier persona anglosajona
cuando se le menciona la palabra Collision, ella no tiene necesidad de
traducirla, ella automáticamente en su mente tiene la imagen que se trata de un
choque, de un impacto. El periodista de habla hispana, sin conocimientos de
vocabulario marítimo, va a traducir que hubo una colisión, sugerida por el vocablo
inglés "Collision", y todos los lectores van a entender la noticia
cuando él publique que el Destructor y el buque mercante chocaron, colidieron o
colisionaron y todo el mundo entenderá que fue lo que sucedió.
En realidad, el hoy denominado
Reglamento Internacional para prevenir los abordajes en el mar, fue estudiado
en la Conferencia Internacional de Washington de 1889 como International regulation
for avoiding collision at sea. (Reglamento Internacional para evitar colisiones en la mar), nótese que en
su comienzo es "para evitar", no para prevenir y se refiere a
"la mar" y no en el mar.
En Venezuela, en 1897 se elabora
la Ley de 10 de mayo, que establece los Reglamentos preventivos para evitar
colisiones en el mar. Obsérvese que ya no se dice en la mar sino en el mar. En
1900, se elabora la Resolución del 27 de octubre sobre Reglamentos para evitar
colisiones en el mar. Luego se crea Decreto del 10 de mayo de 1912 sobre el
citado Reglamento, el 27 de diciembre de 1912 se elabora resolución para hacer
unas modificaciones al decreto de mayo. El 29 de diciembre de 1953 se crea el
Decreto No. 67 que dicta el Reglamento Internacional para evitar colisiones en el mar; para el 21
de Agosto de 1970 se dicta el Decreto No. 370 por el cual se decreta el
Reglamento Internacional para evitar colisiones en el Mar.
"El Convenio Sobre el
Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes de 1972", fue el primero que no se trató en las
Conferencias SOLAS porque se había decidido que éste dejaba de ser un apéndice
del Convenio SOLAS. El Convenio Sobre el Reglamento Internacional Para Prevenir
los Abordajes, abierto a la firma en Londres el 29 de octubre de 1972 y que
entró en vigencia en 1977, fue aprobado
en todas sus partes, por Venezuela en 1982.
Este comentario se ha hecho
extenso porque mi intención es restarle importancia a la denominación utilizada
en su noticia porque es obvio que quien maneja los términos sabe a lo que se
refiere aquel y con mucha mayor razón si observa la foto. Debemos darnos cuenta
la cantidad de años que los Oficiales de Marina Mercante, apegados al citado
reglamento, estuvimos calificando los accidentes mencionados como Colisión y
solo fue en 1972, cuando el Reglamento internacional traducido al español nos
indicó utilizar "Abordaje" en lugar de "Colisión". Ya
sabíamos desde hacía años que en el idioma inglés se trataba de "Collisión"
y "Allision" si el accidente
lo producía el buque contra un objeto fijo o flotante. Por todas estas razones
tambien resultó confuso cuando en el
ordenamiento Jurídico Marítimo se estableció que el contacto violento contra un
objeto fijo o flotante se denominaba colisión. Se creó confusión entre los
mismos especialistas en Derecho Marítimo y algunos han discrepado sobre la denominación del Reglamento con su
nueva traducción al español, y es el caso que el Abogado maritimista Aurelio
Fernandez Concheso en su obra "Régimen Administrativo de la
Navegación", escrita en 1993, expone: "Se entiende por abordaje el
choque o colisión entre dos naves. El abordaje puede ser fortuito o
culpable".
"A diferencia de lo que
sucede con el término naufragio, habrá abordaje en todo caso de choque entre
dos naves, independientemente de la extensión o magnitud del daño que sufran
los buques".
"Pensamos que el legislador
debió haber utilizado en las normas en examen la expresión colisión, en lugar
de o conjuntamente con la de abordaje. El término abordaje se refiere en
sentido estricto al choque entre dos naves, pero no a los casos de choque de
una embarcación con un objeto fijo, ayuda de navegación u objeto sumergido, que
sin embargo, igual constituyen accidentes de navegación que interesa conocer e
investigar a la Autoridad Marítima. En cambio, el vocablo colisión si comprende
el choque entre una embarcación y un objeto fijo, flotante o sumergido, que los
anglosajones en derecho marítimo denominan "alision", lo que ha llevado
al uso por algunos del término alisión en castellano".
Hago la observación que el verbo
colide en inglés significa colidir, pero tambien se ha generalizado el uso de
colisionar y generalmente es aceptado.
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